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RESOLUCIÓN de 20 de junio de 2018, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 10 de octubre de 2016, en la que se formuló declaración de impacto ambiental y se otorgó la autorización ambiental integrada para ampliación de la explotación porcina de cebo hasta una capacidad de 5200 plazas (624 UGM), ubicada en las parcelas 57 y 64 del polígono 24 del término municipal de Huerto (Huesca), y promovida por C.B. La Gimena. (Número de Expediente INAGA 500202/02/2018/03624).

Publicado el 12/07/2018 (Nº 134)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 23 de marzo de 2018, el promotor, C.B. La Gimena, solicita a este Instituto modificación puntual, consistente en actualización de las construcciones existentes en la explotación, cambio en el suministro eléctrico e inclusión de sistema de calefacción.

Antecedentes de hecho

Mediante Resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, de 22 de noviembre de 2016, se otorgó la autorización ambiental integrada para la ampliación de la explotación porcina de cebo hasta una capacidad de 5200 plazas (624 UGM), ubicada en el polígono 24, parcelas 57 y 64, en el término municipal de Huerto (Huesca), y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 223, de 18 de noviembre de 2016 (Expte: INAGA 500601/02/2015/07721).

La modificación puntual solicitada en el presente expediente consiste en acomodar los cambios que han surgido durante la construcción de la granja, actualizando las dimensiones de las instalaciones de la explotación.

Se han instalado tres calderas de calefacción, dos de 60.000 kcal y otra de 80.000 kcal de potencia, se estima un consumo anual de 1500 litros de Gasoil. El suministro eléctrico será a través de conexión con red eléctrica con una potencia máxima de 9,95 kW.

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.

Por la presente se resuelve,

Modificar puntualmente la Resolución de 10 de octubre de 2016, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorgó la autorización ambiental integrada para la ampliación de una explotación porcina de cebo hasta una capacidad de 5200 plazas (624 UGM), ubicada en las parcelas 57 y 64 del polígono 24 del término municipal de Huerto (Huesca), y promovida por C.B. La Gimena, en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 2.1 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"2.1. Las instalaciones existentes autorizadas para el desarrollo de la actividad, con código REGA ES221240000025, y capacidad autorizada para 1.999 plazas de cebo de porcino, se corresponden con: una nave para cebo, de dimensiones 120 x 14,40 m; una caseta de oficinas-vestuario, de dimensiones 8 x 5,50 m; una caseta para la caldera, de dimensiones 2,50 x 2,50 m, un depósito de agua elevado metálico con una capacidad de 500 m³; una balsa de purines con una capacidad útil de 1.496 m³; una fosa de cadáveres con una capacidad de 8 m³; vado de desinfección y vallado perimetral de la explotación.

Las instalaciones proyectadas objeto de la ampliación se corresponden con: una nave para cebo, de dimensiones 182,53 x 14,31 m; balsa de purines con una capacidad útil de 1.908 m³; fosa de cadáveres número 2 con una capacidad de 14,52 m³; un depósito de agua circular, de 552 m³ de capacidad, y ampliación del vallado de la explotación".

El punto 2.2 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"2.2. Consumos.

Se establece un sistema de alimentación automatizado, estimándose un consumo anual de 4.270 t de pienso.

El agua para el abastecimiento de agua provendrá de la red de riego de la comunidad de regantes de Sodeto-Alberuela-Lalueza-Flumen. Se estima un consumo anual de 17.613 m³, incluida el agua para limpieza de las instalaciones.

El suministro eléctrico se realiza mediante conexión a red eléctrica. Se estima que el consumo energético anual de la explotación será de 218.270 kWh.

Para el sistema de calefacción la explotación contará con tres calderas de gasoil, dos con una potencia unitaria de 60.000 kcal y otra de 80.000 kcal, con un consumo estimado de combustible de 1.500 l de gasoil al año".

El punto 2.3.3 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"2.3.3. Focos emisores.

El suministro de calefacción mediante tres calderas de gasoil de 60.000, 60.000 y 80.000 kcal. respectivamente. La clasificación de estos focos emisores, según el anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, está incluida en el código 02 03 04 04, sin grupo asignado. Los límites de emisión de contaminantes a la atmósfera no superarán los valores de 300 mg/Nm³ de NOx y 150 mg/Nm³ de CO para las calderas de calefacción.

Estos focos emisores quedan exentos de control externo. En cualquier caso, se deberán realizar un mantenimiento periódico adecuado con objeto de minimizar las emisiones a la atmósfera".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 20 de junio de 2018.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL